El arte generado por IA necesita contribuciones humanas para la protección de derechos de autor en EE. UU.
La Oficina de Derechos de Autor de EE. UU. ha declarado que el arte generado por inteligencia artificial (IA) requiere la participación de un ser humano para calificar para la protección de derechos de autor en Estados Unidos.
En su informe de 52 páginas, publicado en enero, titulado "Informe del Registrador de Derechos de Autor", la oficina aborda la "copyrightabilidad de obras creadas con IA generativa" y complementa un informe previo sobre la replicación digital de la voz o apariencia de una persona.
Shira Perlmutter, Registradora de Derechos de Autor y directora de la Oficina de Derechos de Autor, afirmó en un comunicado que, tras considerar los comentarios del público y el estado actual del desarrollo tecnológico, sus conclusiones se basan en la importancia de la creatividad humana para el copyright.
Perlmutter subrayó que "donde esa creatividad se expresa a través del uso de sistemas de IA, continúa disfrutando de protección".
Criterios de derechos de autor para obras de IA
El informe señala que extender la protección a material cuyos elementos expresivos son determinados por una máquina socavaría los objetivos constitucionales del copyright.
Según el informe, la ley existente resuelve de forma adecuada las preguntas sobre la protección de derechos de autor para las salidas generadas por IA caso por caso. "La ley de derechos de autor ha adaptado históricamente a nuevas tecnologías y puede permitir determinaciones individuales sobre si las salidas generadas por IA reflejan una contribución humana suficiente para merecer la protección de derechos de autor", dice el documento.
Se aclara que el uso de indicaciones de texto para generar contenido nuevo no califica para la protección de derechos de autor de las obras de arte generadas por IA.
Condiciones para la protección legal
En última instancia, si no hay una contribución significativa de un ser humano, el producto generado por IA no califica como propiedad intelectual que requiera protección de derechos de autor. Las personas que utilizan herramientas de IA generativa ingresando indicadores de texto no podrán obtener arte generado por IA que puedan proteger mediante la solicitud de un copyright legalmente vinculante.
Los funcionarios de la Oficina de Derechos de Autor continuarán asistiendo al público en relación con la protección de derechos de autor del arte generado por IA y emitirán nuevas guías de registro y actualizarán sus prácticas y regulaciones según lo requieran los desarrollos judiciales, la evidencia anecdótica y otras aportaciones relevantes.
Este informe refleja la iniciativa continua de la Oficina de Derechos de Autor sobre IA y surge en un momento en que la inteligencia artificial sigue evolucionando y ampliando sus capacidades.
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